El Consejo de Administración de Correos dispone de un Reglamento, cuya aplicación supone un compromiso adicional con la integración de buenas prácticas y normas de buen gobierno en el funcionamiento de este órgano.
Asimismo, el Grupo Correos cuenta con un "Programa de prevención de riesgos penales", que incluye el Código general de conducta, en el que se reflejan los valores de referencia que rigen la actuación de sus empleados. El documento, disponible para su consulta por parte de todos los grupos de interés internos y externos, contiene entre otras, medidas para prevenir y erradicar la corrupción y el soborno (incluyendo pautas para la igualdad de trato y oportunidades, competencia leal, prevención del conflicto de intereses o del uso de información privilegiada).
Desde 2014 el Grupo dispone además de un Comité de cumplimiento, órgano colegiado cuya principal función es evaluar los asuntos relativos a esta materia, así como informar, con periodicidad semestral, al Consejo de Administración de Correos sobre los dictámenes que emite, a través de la Comisión de Auditoría y Control.
El Comité cuenta con un canal de comunicación y denuncia, para facilitar la observancia de los objetivos del Código general de conducta.
En este punto se va a dar a conocer cómo desarrollar la tarea de los empleados forma ética y responsable, se estudiará que clase de conductas pueden tener consecuencias penales o civiles para el propio trabajador o para la organización y se recordará lo que no se debe hacer tanto por ética profesional como por los riesgos que conlleva.
El objetivo conseguir identificar las conductas conscientes o inconscientes que puedan conllevar consecuencias penales o civiles para el propio empleado o para la organización.
Las modificaciones legales en materia de Responsabilidad Penal establecen que las sociedades pueden ser responsables por las actuaciones desarrolladas en el ejercicio de su actividad.
Para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente y evitar que se pueda denunciar a cualquiera de sus sociedades y/o trabajadores, Correos pone a disposición de todos sus empleados un Programa de Prevención de obligado cumplimiento.
Cualquier comportamiento o actividad que presuntamente puedan generar un riesgo penal o civil para la Compañía podrá informarse, de buena fe, al Comité de Cumplimiento de este Código General de Conducta.
La persona comunicante deberá cooperar con el Comité durante todo el proceso de investigación de los hechos comunicados.
Las comunicaciones se realizaran:
• Por correo físico: Comité de Cumplimiento- Centro Directivo (Campo de las Naciones) Vía Dublín 7, 6§ planta, 28070 Madrid.
• Por correo electrónico: canal.cumplimiento@correos.com
• Conductas dolosas: Ejecutadas con conocimiento y voluntad.
• Conductas negligentes: Ejecutadas de forma imprudente.
Las posibles consecuencias que pueden tener estas conductas como trabajador son responsabilidad penal y civil.
La posible responsabilidad penal de la empresa o de los superiores no excluye la responsabilidad por la propia conducta del trabajador.
Penas que pueden ser impuestas a una persona:
• Prisión.
• Multa.
• Inhabilitación: empleo, cargo, obtención de ayudas públicas o fiscales, etc.
La responsabilidad Penal puede derivar de una actuación como:
Responsabilidad Penal
Responsabilidad Civil
Indemnización por daños y perjuicios: Aunque no se termine derivando una responsabilidad penal, realizar una conducta contraria a los procedimientos internos del Grupo Correos puede generar responsabilidad disciplinaria y ser sancionada de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores y/o los Convenios Colectivos.
• Cumpliendo el Código Ético, el Catálogo de Conductas Prohibidas así como los procedimientos internos implantados por el Grupo Correos para el desarrollo adecuado de la actividad.
• Comunicando las conductas contrarias a las normas internas de la sociedad a través del Canal Interno de Comunicación y Denuncia.
• Consultando cualquier duda con las personas responsables correspondientes, previo a la ejecución de la conducta que entendamos pueda generar algún tipo de responsabilidad.